Por desgracia,
en algunos casos nuestra sociedad no acepta esta nueva ideología y forma de
vida, obligando en forma de presión psicológica a los jóvenes para que se casen
con frases como: “¡Ya se te esta pasando la edad!”, “¡Te vas a quedar a vestir
santos!”, etcétera. Imposible sería dudar que una decisión que le concierne
sólo a la pareja se vea mediada por tales presiones sociales, dando lugar a
matrimonios desastrosos debido a la premura, a la mala elección de la pareja,
etcétera.

A la interrogante, ¿el matrimonio es cuestión de edad o de amor? pudiera ser fácil responder si se toma en cuenta que el matrimonio debe realizarse cuando una pareja se encuentra enamorada, cuando existe entre ambos un amor que se expresa libremente con responsabilidad, compromiso, cuidado, generosidad, respeto, intimidad, humildad y un profundo conocimiento de sí mismo y del otro, cuando se crece junto a esa persona emocionalmente y, por qué no, económicamente también.

Fotografía: www.sxc.hu/
El artículo 1o. de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su párrafo tercero, establece lo siguiente: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
De igual forma, el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos también establece lo siguiente:
“El varón y la mujer son iguales ante la Ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.”
“Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.”
“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.”
“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.”
“Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.”
“Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.”
El matrimonio
no es una cuestión de edad, sólo de amor. Únicamente debe existir ese amor y
esa gran necesidad de compartir la vida y lo que somos como personas con la
pareja con la cual hemos elegido para tal y con la cual envejecer juntos.

Fotografía: www.copypaste.am/
Recuerden que somos libres de elegir la vida y la pareja que queramos tener, no se dejen llevar por los prejuicios ni imposiciones, solo luchen por la vida y las cosas que anhelan y, lo más importante, disfruten mucho de esa elección, gócenla plenamente.
* Lic. Claudia I. Vargas Quintana, contáctala en [email protected]. bibliografía: Código Civil para el Estado de Jalisco.
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Sobre el Autor
Fiancee Bodas
Escritor de Fiancée Bodas, dedicado a explorar las últimas tendencias en moda y estilo de vida nupcial.