Tlaquepaque Registro Civil 10
Francisco I. Madero No. 56, Col. Tateposco, Tlaquepaque, Jalisco, C.P. 45494 (Ver mapa)
1.-Presentar actas de nacimiento recientes que no tengan mas de un año de expedición (dos copias simples por acta)
2.- Presentar original y copia de una identificación por ambos lados de los contrayentes (IFE, cartilla militar, licencia de manejo, pasaporte vigente, carta de residencia).
3.-Certificado médico de salud de cada contrayente expedido por una Institución pública, estos certificados tienen vigencia de 15 días naturales a partir de la fecha que aparece en dicho documento a la fecha de matrimonio.
4.-Análisis clínicos de sangre, por cada contrayente, expedidos por instituciones públicas o privadas, estos certificados tienen vigencia de 15 días naturales a partir de la fecha que aparece en dicho documento a la fecha de matrimonio.
5.-Identificación oficial con fotografía de los testigos, original y una copia fotostática puede ser cualquier persona mayor de edad, amigos o familiares menos papás (un testigo por contrayente), si alguno de los testigos de los que se presentaron sus generales no asistiera el día y a la hora de la ceremonia, no se podrá realizar el matrimonio.
6.-Llenar la forma de pre-solicitud matrimonial.
7.-Constancia de pláticas prematrimoniales del DIF que no exceda los 6 meses de expedición.
8.-Copia simple de la cartilla nacional de salud de la mujer.
(Se expiden en centros de la SSA)
9. Si alguno de los contrayentes es viudo o divorciado presentar copia certificada (original) de acta de divorcio defunción del cónyuge anterior. (Art. 82 fracción VI del la ley del registro civil del Estado de Jalisco.
EXTRANJEROS
Nota: Anexar los requisitos que se mencionan anteriormente
1.- Acta de nacimiento apostillada o legalizada, y traducida al español mediante perito traductor autorizado por el Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco
2.- Presentar permiso FMT que expide migración
3.- Presentar su legal estancia en el país
PARA MENORES DE EDAD
1.-Si los que desean contraer matrimonio civil son personas menores de 18 años, pero que tengan 16 años cumplidos, es requisito tener autorización y consentimiento por escrito de los padres, quienes deben comparecer y firmar el permiso el día del matrimonio, exhibiendo su identificación oficial (anexar copias simples por ambos lados de las identificaciones al efectuar el trámite)
2. Si el contrayente tiene 14 años cumplidos pero menos de 16, se requiere el consentimiento de los padres y la autorización judicial (dispensa de edad de un juzgado de lo familiar)